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Medidas extraordinarias de poyo económico y fiscal a empresas, familias y personas en situación de vulnerabilidad con motivo de la crisis del COVID 19 en el municipio de Burgos

Los grupos políticos municipales del PSOE y C’s en el Ayuntamiento de Burgos han acordado derivar a la mesa local del diálogo social, una serie de medidas extraordinarias y urgentes dirigidas a las empresas, autónomos, familias y personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la incidencia de la crisis del COVID19 en la ciudad de Burgos.

Estas medidas se presentan abiertas a las modificaciones que se establezcan por el gobierno municipal dentro del acuerdo que esperamos obtener con los sindicatos mayoritarios (UGT y CCOO) y la patronal (FAE) representados en la mesa del diálogo social de Burgos en los próximos días. Del mismo modo, ambos grupos políticos municipales valoramos positivamente aquellas otras propuestas que se deriven por el resto formaciones políticas, sindicales, empresariales y sociales de la ciudad durante esta crisis y que contribuyan de forma a paliar la difícil situación en la que se encuentran miles de familias y empresas de nuestra ciudad.

Por otro lado, estas medidas se establecen de forma complementaria a las adoptadas o que pueda adoptar cualquier otra administración, entes privados o públicos, nacionales de la Unión Europea o de Organismos Internacionales. El importe de las ayudas, exenciones, bonificaciones… etc., en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras de la misma naturaleza, supere el coste de la contingencia que se pretende solventar.

Ambos grupos somos muy conscientes de las limitaciones económicas que tiene el Ayuntamiento de Burgos para poder financiar estas y otras medidas urgentes, por eso se ha pretendido avanzar con un planteamiento que no anule el margen de maniobra presupuestario que debe garantizarse para hacer frente a nuevas necesidades a lo largo del presente año.

Por lo tanto, estas u otras medidas que se puedan adoptar estarán en todo caso financiadas, bien a través de la disposición del remanente de tesorería en base al decreto de alcaldía 2292/20 de 17 de marzo, a cargo del presupuesto municipal del Ayuntamiento de Burgos cuya aprobación se producirá lo antes posible, o a través de las modificaciones presupuestarias que se aprueben con posterioridad a lo largo del presente ejercicio.

A) MEDIDAS DE APOYO FISCAL Y ECONÓMICO A LAS EMPRESAS Y AUTÓNOMOS

1.-Ampliación del plazo de cobro de padrones. Dada la falta de liquidez que pueden tener muchas de las empresas y autónomos de nuestra ciudad en los próximos meses, el periodo de pago tanto para el impuesto a vehículos de tracción mecánica, como para el IBI y las tasas de basuras y vados se amplían, cada uno de ellos, durante tres meses respecto al plazo inicial, con el objetivo de favorecer la liquidez de las empresas.
En el caso del IAE, no se ha previsto, por el momento, la ampliación de los plazos cobratorios puesto que finalizan en octubre, por lo que una ampliación mayor podría suponer que se excediera el año fiscal.

2.-Exenciones proporcionales a la duración del estado de alarma en la tasa por utilización privativa del dominio público, lo que afecta principalmente a los vados comerciales y veladores de hostelería.

3.-Bonificaciones del impuesto del IAE y el IBI de entre el 25 % y el 75 % para aquellas empresas y autónomos que hayan suspendido su actividad o cuando su facturación, durante el período del estado de alarma, se haya reducido al menos un 25% en relación con el promedio de facturación del semestre inmediatamente anterior a la declaración del estado de alarma.

Esta bonificación, será de aplicación en 2021, siempre que se haya mantenido la actividad empresarial y recuperado los puestos de trabajo durante al menos un año desde la finalización del estado de alarma.
La bonificación del 75% en ambos impuestos, se aplicará para las empresas que hayan reducido su facturación entre en 75% y un 100%.
La bonificación del 50% en ambos impuestos, se aplicará para las empresas que hayan reducido su facturación entre en 50% y un 75%.
La bonificación del 25% en ambos impuestos, se aplicará para las empresas que hayan reducido su facturación entre en 25% y un 50%.

4.Exención del pago para los concesionarios de los puestos en los mercadillos de venta ambulante textil, hortofrutícola y de antigüedades durante este periodo por mantenerse cerrados.

Ante la imposibilidad jurídica de eximir la totalidad o parte del pago de esta tasa sobre las concesiones de los puestos comerciales de los mercados municipales de abastos por permanecer abiertos, estos podrán acogerse a la Convocatoria extraordinaria del Ayuntamiento, de ayudas complementarias a las establecidas por el Gobierno de España para subvencionar el pago del alquiler de la de locales del sector comercial y hostelero, y otras pymes y autónomos como consecuencia de la crisis del COVI-19.

5.Convocatoria extraordinaria de ayudas complementarias a las establecidas por el Gobierno de España para subvencionar el pago del alquiler de locales del sector comercial y hostelero y otras pymes y autónomos como consecuencia de la crisis del COVID-19.
Ante el Real Decreto aprobado ayer por el Gobierno de España que establece una moratoria para la amortización de los préstamos por la compra de los locales comerciales, de hostelería, autónomos y Pymes, similar para al establecido también para las hipotecas, el Ayuntamiento establecerá una línea de ayudas complementarias para el pago de los alquileres de este tipo de locales.
Estas ayudas ya fueron anunciadas por el gobierno municipal hace unas semanas y sus bases serán publicadas en el BOP en los próximos días.
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Dotación: 1.000.000 €

6.Ampliación del presupuesto de la partida para la convocatoria de ayudas al autoempleo del Ayuntamiento de Burgos en 2020. Se modificarán las bases para ampliar la cobertura a diferentes perfiles de emprendedores.
Dotación: + 300.000 €

7.Convocatoria de ayudas de emergencia los trabajadores autónomos que continúen su actividad y cuya facturación, durante el periodo del estado de alarma, se haya reducido entre un 25% un 100 % en relación con el promedio de facturación del semestre inmediatamente anterior a la declaración del estado de alarma.

Esta medida complementa la establecida por la Junta de Castilla y León para aquellos autónomos que han cesado definitivamente su actividad. La cuantía a indemnizar por autónomo será equivalente al

75 % del IPREM para pérdidas entre el 75 % y el 100 % 50 % del IPREM para pérdidas entre el 50 % y el 75 % 25 % del IPREM para pérdidas entre el 25 % y el 50 % NOTA. (El IMPREM mensual para 2020 es de 537,84 €. De alargarse en más de un mes el estado de alarma o periodo de excepción, se indemnizaría el periodo completo. Ej.: 2 meses, el porcentaje que corresponda a 1.075,68 €)

Dotación: 1.000.000 €

8.Convocatoria de ayudas a proyectos de inversión para la modernización y digitalización de los establecimientos comerciales. Se recupera esta línea de ayudas suprimida hacer varios años para ayudar a financiar las inversiones en nuevas tecnologías para promover la venta on-line desde el comercio de proximidad.

Dotación: 300.000 €

B) MEDIDAS DE APOYO FISCAL Y ECONÓMICO A LAS FAMILIAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD

1. Ampliación del plazo de cobro de padrones. Del mismo modo que con las empresas, dada la falta de ingresos y ahorros que pueden tener muchas de las familias de nuestra ciudad en los próximos meses, el periodo de pago tanto para el impuesto a vehículos de tracción mecánica, el IBI y las tasas de basuras y vados se amplían, cada uno de ellos, durante tres meses respecto al plazo inicial.

2. Se amplía la duración del abono sobre uso las instalaciones municipales, así como de las matrículas sobre los diferentes servicios municipales suspendidos, por el mismo periodo de tiempo que dure el estado de alarma.

3.Ampliación del presupuesto de la partida para la convocatoria de ayudas de urgente necesidad del Ayuntamiento de Burgos en 2020. Ante el agravamiento de aquellas personas que ya venían demandando este tipo de ayudas por su extrema situación de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social, se establece esta ampliación de crédito:

Dotación: + 600.000 €

4. Convocatoria extraordinaria de ayudas complementarias a las establecidas por el Gobierno de España de ayudas de emergencia para subvencionar el pago del alquiler para familias y personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis del COVID-19.

Ante el Real Decreto aprobado ayer por el Gobierno de España que establece la concesión de microcréditos a través del ICO a interés cero y con un plazo de amortización a varios años para el pago del alquiler, el Ayuntamiento establecerá una línea de ayudas complementarias para abonar el pago de alquileres en aquellos casos de necesidad que no tengan cobertura para la concesión de dichos microcréditos o requieran de un complemento mayor con el objetivo de hacer frente al pago de su alquiler.
Estas ayudas ya fueron anunciadas por el gobierno municipal hace unas semanas y sus bases serán publicadas en el BOP en los próximos días.

Dotación: 500.000 €

5. Convocatoria extraordinaria de una línea de ayudas para la compra de material escolar, ropa y alimentos de primera necesidad para familias con niños/as a cargo como consecuencia del de la crisis del COVID-19. Los criterios para la concesión de estas ayudas establecerán parámetros distintos a los establecidos a las ayudas de urgente necesidad para dar cobertura a perfiles vulnerables derivados de esta crisis, del mismo modo que se han establecido para la convocatoria de ayudas de emergencia para subvencionar el pago del alquiler para familias y personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis del COVID-19.

Dotación: 300.000 €

Las medidas de gasto contempladas en este acuerdo cuentan con un presupuesto estimado inicialmente en 4 millones, pero pueden ser objeto de modificaciones, atendiendo a las necesidades que vayan produciéndose en función de la evolución de la crisis del COVID-19 y de las medidas que adopten el resto de administraciones. Igualmente, se considerará la transferencia de crédito de aquellas partidas que den cobertura presupuestaria a alguna de estas medidas para compensar aquellas otras que resulten con defecto de dotación.

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