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La Diputación de Burgos suspende el periodo voluntario de cobro

El Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación (SGTR) de la Diputación Provincial de Burgos gestiona, por delegación de determinados ayuntamientos de la provincia, los tributos locales: Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica, Tasa de recogida de Basuras y Tasa de Suministro de Aguas.

En el Boletín oficial de la Provincia numero 43 de fecha 3 de marzo de 2020 se publicó anuncio de cobranza de estos tributos, estableciendo como período voluntario de cobro el comprendido entre los días 3 de marzo a 4 de mayo de 2020.

Con fecha 14 de marzo, cuando tan sólo habían transcurrido 12 días de periodo voluntario de cobro y faltaban 51 días para su finalización, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cuya disposición adicional tercera, apartado primero, establece: “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El computo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.”

Teniendo en cuenta la normativa citada y la situación de emergencia sanitaria en la que nos hallamos, en cuanto órgano competente para desarrollar la gestión recaudatoria, se adoptan las siguientes decisiones:

Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismoSe suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismoSuspender el periodo voluntario de cobro, anunciado en el BOP de fecha 3 de marzo, de los tributos: Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica, Tasa de recogida de Basuras y Tasa de Suministro de Aguas. En consecuencia:

No se exigirá el cumplimiento de la obligación por vía ejecutiva con el incremento de recargos e intereses a aquellas personas que no abonen sus recibos en el plazo inicialmente concedido.

No se cargarán en cuenta los recibos cuyo pago esté domiciliado en entidad financiera.

Finalizado el estado de alarma o sus prórrogas, se concederá un nuevo plazo de pago de 51 días, los que restaban para completar el período voluntario de pago que ahora se interrumpe, lo que se anunciara con suficiente antelación a las personas afectadas para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales en una situación de normalidad.

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