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Nuevo Bando del alcalde de la ciudad Daniel de la Rosa

DANIEL DE LA ROSA VILLAHOZ, Alcalde de Burgos, en uso de la competencia prevista en el art. 124.1. g) y h) de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
HAGO SABER:

Con fecha 28 de abril de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el “Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad” durante el estado de alarma declarado como consecuencia de la pandemia del COVID-19. Este Plan establece una serie de medidas y recomendaciones para cada una de las fases en las que se va a ir avanzando en la desescalada hacia esa nueva normalidad.

Por otra parte, con fecha 1 de Mayo de 2020 fue publicada la Orden del Ministerio de Sanidad SND/380/2020 de actividad física no profesional al aire libre y con fecha 3 de Mayo de 2020, han sido publicadas en el BOE sendas Ordenes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana TMA/384/2020 y del Ministerio de Sanidad SND/388/2020, sobre obligatorio de mascarillas en el transporte colectivo y sobre condiciones de apertura de comercios y servicios, deporte federado y archivos.

Conforme a dichas disposiciones, es preciso recordar a todos los vecinos lo siguiente:
1º.- Sobre el uso de mascarillas en el transporte público.
Todos los usuarios de autobuses municipales vienen obligados al uso de mascarillas durante toda la duración del trayecto.

2º.- Sobre la apertura de locales minoristas y prestación de servicios durante la Fase 0 del Plan de Transición.
La reapertura al publico de todos los locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, de menos de 400 metros cuadrados, cuya actividad fue suspendida con la declaración del estado de alarma, habrá de hacerse exclusivamente para la atención personalizada a cada cliente previa cita concertada y por el tiempo imprescindible, manteniendo en todo momento las medidas higiénico-sanitarias establecidas.

3º.- Condiciones especiales respecto a la hostelería y restauración en esta Fase 0.
Los servicios a realizar se limitaran exclusivamente a la entrega a domicilio o a la recogida de pedidos, manteniendo en todo momento las medidas higiénico-sanitarias establecidas.

4º.- Apertura del Archivo Municipal.
El Archivo Municipal prestará sus servicios preferentemente por vía telemática, si bien se permitirá la consulta presencial de documentación en sus instalaciones previa solicitud y en las condiciones que se indiquen.

5º.- Sobre la utilización del espacio publico para el ejercicio de actividad física
Es importante insistir en la conveniencia de respetar las franjas horarias establecidas para evitar aglomeraciones y evitar riesgos a las personas más vulnerables. Por ello se recuerda encarecidamente el siguiente horario, manteniendo siempre el resto de las medidas establecidas:
De 6 a 10 y de 20 a 23 horas: para la práctica de deporte individual o paseos de personas entre los 14 y 70 años, ambos inclusive.
De 10 a 12 y de 19 a 20 horas: para la práctica de deporte individual o paseos de personas mayores de 70 años o dependientes.
De 12 a 19 horas: para el paseo de los niños menores de 14 años.

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