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El Municipio de Burgos acuerda medidas extraordinarias de apoyo económico fiscal y de contratación a empresas, familias y personas en situación de vulnerabilidad con motivo de la crisis del Covid19

Los grupos políticos municipales del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), Partido Popular (PP), Ciudadanos (C’s), Vox y en Burgos PODEMOS, han consensuado un primer paquete de medidas fiscales y económicas para hacer frente a la crisis derivada de la pandemia del COVID-19 en nuestra ciudad.

Este consenso se hace extensivo a la mesa del diálogo social de Burgos, entre la patronal (FAE) y los sindicatos mayoritarios (UGT y CCOO), recogiendo buena parte de las propuestas trasladas por la Cámara de Comercio e Industria de Burgos y otras organizaciones empresariales como la Federación de Empresarios de Comercio (FEC), la Federación de Hostelería de Burgos, la Asociación de Comerciantes del Casco Histórico y la Asociación de Comerciantes de Gamonal (Zona G).

Por otro lado, estas medidas se establecen de forma complementaria a las adoptadas o que pueda adoptar cualquier otra administración, entes privados o públicos, nacionales de la Unión Europea o de Organismos Internacionales. El importe de las ayudas, exenciones, bonificaciones… etc., en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras de la misma naturaleza, supere el coste de la contingencia que se pretende solventar.

Los grupos políticos municipales son conscientes de las limitaciones económicas que tiene el Ayuntamiento de Burgos para poder financiar estas y otras que deban adoptarse, por eso se ha pretendido avanzar con un planteamiento que no anule el margen de maniobra presupuestario que debe garantizarse para hacer frente a nuevas necesidades a lo largo del presente año.

El presupuesto global para todas estas medidas se establece en 6,5 millones de euros y será financiado a cargo del remanente de tesorería mediante una modificación extraordinaria y urgente que aprobará el Pleno en los próximos días de acuerdo a lo establecido en el artículo 177.6 de Ley de Haciendas Locales.

A) MEDIDAS DE APOYO FISCAL Y ECONÓMICO A LAS EMPRESAS Y AUTÓNOMOS

1.- Ampliación del plazo de cobro de padrones. Dada la falta de liquidez que pueden tener muchas de las empresas y autónomos de nuestra ciudad en los próximos meses, el periodo de pago tanto para el impuesto a vehículos de tracción mecánica, como para el IBI y las tasas de basuras y vados se amplían, cada uno de ellos, durante tres meses respecto al plazo inicial, con el objetivo de favorecer la liquidez de las empresas.
En el caso del IAE, no se ha previsto, por el momento, la ampliación de los plazos cobratorios puesto que finalizan en octubre, por lo que una ampliación mayor podría suponer que se excediera el año fiscal.
Se posibilita el cobro fraccionado de padrones entre los meses de septiembre, octubre y noviembre para aquellas personas físicas o jurídicas que voluntariamente lo soliciten.

2.- Exenciones proporcionales a la duración del periodo obligatorio de confinamiento o suspensión/cese de la actividad en la tasa por utilización privativa del dominio público, lo que afecta principalmente a los vados comerciales y veladores de hostelería.
En Pleno del Ayuntamiento modificará en cuanto sea posible la ordenanza fiscal 213, reguladora de la tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local para posibilitar incrementar las exenciones también a los meses posteriores al final de periodos obligatorios de confinamiento o suspensión de la actividad como el actual.

3.- Bonificaciones del impuesto del IAE y el IBI de entre el 25 % y el 75 % para aquellas empresas y autónomos que hayan suspendido su actividad, hayan aplicado un ERTE o cuando su facturación, durante el periodo obligatorio de confinamiento o suspensión/cese de la actividad, se haya reducido al menos un 25% en relación con el promedio de facturación del semestre inmediatamente anterior a la declaración del estado de alarma.
Esta bonificación, será de aplicación en 2021, siempre que se haya mantenido la actividad empresarial y recuperado los puestos de trabajo durante al menos seis meses desde la finalización del periodo obligatorio de confinamiento o suspensión/cese de la actividad.

La bonificación del 75% en ambos impuestos, se aplicará para las empresas que hayan suspendido su actividad, aplicado un ERTE o reducido su facturación entre en 75% y un 100%.

La bonificación del 50% en ambos impuestos, se aplicará para las empresas que hayan reducido su facturación entre en 50% y un 74%.  La bonificación del 25% en ambos impuestos, se aplicará para las empresas que hayan reducido su facturación entre en 25% y un 49%.

4.- Se posibilita el aplazamiento del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) para aquellos profesionales y autónomos que hayan suspendido su actividad como consecuencia de las medidas adoptadas contra la pandemia del COVID-19.

5.- Se establece la exención del pago de la tasa para los concesionarios de los puestos en los mercadillos de venta ambulante textil, hortofrutícola y de antigüedades durante este periodo por mantenerse cerrados. El pago de estas tasas, ahora establecido en julio, se aplazará a septiembre.

Ante la imposibilidad jurídica de eximir la totalidad o parte del pago de esta tasa sobre las concesiones de los puestos comerciales de los mercados municipales de abastos por permanecer abiertos, estos podrán acogerse a la Convocatoria extraordinaria del Ayuntamiento, de ayudas complementarias a las establecidas para subvencionar el pago del alquiler de la de locales del sector comercial y hostelero, y otras pymes y autónomos como consecuencia de la crisis del COVI-19. Del mismo modo ocurre con el resto de las concesiones municipales que pagan un canon o alquiler a la administración local, se hayan visto obligadas a suspender su actividad o no, también podrán acogerse a estas ayudas extraordinarias si cumplen con los requisitos establecidos (punto 6.)

6.- Convocatoria extraordinaria de ayudas complementarias a las establecidas por el Gobierno de España para subvencionar el pago del alquiler de locales del sector comercial, hostelero y otras pymes, como consecuencia de la crisis del COVID-19.
Ante el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España que establece una moratoria para la amortización de los préstamos por la compra de los locales comerciales, de hostelería, autónomos y Pymes, similar para al establecido también para las hipotecas, el Ayuntamiento establecerá una línea de ayudas complementarias para el pago de los alquileres de este tipo de locales, que en todo caso diferenciarán los requisitos para el sector comercial respecto al sector hostelero y otras Pymes que sean objeto de esta convocatoria.

Dotación: 1.200.000 €

7.- Ampliación del presupuesto de la partida para la convocatoria de ayudas al autoempleo del Ayuntamiento de Burgos en 2020. Se modificarán las bases para ampliar la cobertura a diferentes perfiles de emprendedores.
Asimismo, se ampliarán los gastos subvencionables incluyendo los siguientes: – fianza del alquiler; – los derivados del traspaso de negocio; – gastos del alquiler de local durante doce meses; – aquellos generados por la adquisición del bien inmueble en el que se vaya a desarrollar la actividad; – compra de mobiliario, maquinaria y equipos informáticos; reforma del local – gastos de suministro de luz, gas, teléfono fijo e internet; – honorarios técnicos por la elaboración de proyectos o planes de empresa.
Dotación: + 150.000 € (total de la partida: 260.000 €)

8.- Convocatoria de ayudas de emergencia para los trabajadores autónomos del sector comercial y hostelero que continúen su actividad y cuya facturación, durante el periodo del estado de alarma, se haya reducido entre un 25% un 100 % en relación con el promedio de facturación del mismo periodo obtenido en el año 2019.

Esta medida complementa la establecida por la Junta de Castilla y León para aquellos autónomos que han cesado definitivamente su actividad. La cuantía a indemnizar por autónomo será equivalente al:

75 % del IPREM para pérdidas entre el 75 % y el 100 % 50 % del IPREM para pérdidas entre el 50 % y el 74 % 25 % del IPREM para pérdidas entre el 25 % y el 49 %

NOTA. (El IPREM mensual para 2020 es de 537,84 €. De alargarse en más de un mes el estado de alarma o periodo de excepción, se indemnizaría el periodo completo. Ej.: 2 meses, el porcentaje que corresponda a 1.075,68 €)

Dotación: 850.000 €

9.- Convocatoria de ayudas de emergencia para el el resto de trabajadores autónomos no incluidos en el sector comercial, hostelero, que continúen su actividad y cuya facturación, durante el periodo obligatorio de confinamiento o suspensión/cese de la actividad, se haya reducido entre un 25% un 100 % en relación con el promedio de facturación del semestre inmediatamente anterior a la declaración del estado de alarma.

Esta medida complementa la establecida por la Junta de Castilla y León para aquellos autónomos que han cesado definitivamente su actividad. La cuantía a indemnizar por autónomo será equivalente al

75 % del IPREM para pérdidas entre el 75 % y el 100 % 50 % del IPREM para pérdidas entre el 50 % y el 74 % 25 % del IPREM para pérdidas entre el 25 % y el 49 %

El IMPREM mensual para 2020 es de 537,84 €. De alargarse en más de un mes el estado de alarma o periodo de excepción, se indemnizaría el periodo completo. Ej.: 2 meses, el porcentaje que corresponda a 1.075,68 €
Dotación: 850.000 €

10.- Convocatoria de ayudas a proyectos de inversión para la modernización y digitalización de los establecimientos comerciales y de hostelería. Se recupera esta línea de ayudas suprimida hacer varios años para ayudar a financiar las inversiones en nuevas tecnologías para su incorporación en plataformas de venta on-line, modernización del sistema de pago, de eficiencia energética y accesibilidad tecnológica, y en ningún caso para financiar consumibles como teléfonos o tablets.

Dotación: 500.000 €

11.- Reducción del 75 % en los precios, tasas… relativos a nuevas aperturas, cambios de titularidad o reanudación de licencias de actividad empresarial que se tramiten en la ciudad de Burgos durante el año 2020.

12.- Reducción del periodo medio pago a proveedores alcanzando un periodo medio dentro de lo posible, de entre 10 y 20 días en los próximos trimestres.

13.- Campañas de promoción del pequeño comercio de proximidad, hostelería y pymes. Durante todo este año 2020 se desarrollarán campañas de divulgación en medios de comunicación, RRSS, y otros formatos para el consumo en los establecimientos comerciales, de hostelería y pymes de la ciudad.

Además, se activará una línea de financiación de bonos al consumo. Se emitirán entre 25.000 bonos y 30.000 bonos. Las bases de la convocatoria definirán tanto las características de los establecimientos como el procedimiento sobre el reparto de dichos bonos.

Dotación: 700.000 € (25.000 para la campaña de publicidad)

14.- Pasada la crisis sanitaria del COVID-19, se priorizarán acciones de promoción comercial y de hostelería a través de la organización de eventos a cargo del presupuesto de la Sociedad para la Promoción y el Desarrollo de la Ciudad e Burgos. Las Federaciones de Comercio y Hostelería participarán conjuntamente con el Ayuntamiento en el diseño, desarrollo y evaluación de estos eventos. Se procederá a la suscripción de los convenios oportunos con las distintas Federaciones sobre estas acciones de promoción.

De forma complementaria organizará en cuanto sea posible una semana cultural al resto de eventos que contribuya a la recuperación de las empresas e industrias recreativas y culturales, de restauración y ocio.

15.- Establecer un protocolo de colaboración entre el Ayuntamiento y la Diputación Provincial para promover la organización de eventos de promoción turística, servicios y tarifas reducidas para viajes organizados, espectáculos, etc.

B) MEDIDAS DE APOYO FISCAL Y ECONÓMICO A LAS FAMILIAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD

1.- Ampliación del plazo de cobro de padrones. Del mismo modo que con las empresas, dada la falta de ingresos y ahorros que pueden tener muchas de las familias de nuestra ciudad en los próximos meses, el periodo de pago tanto para el impuesto a vehículos de tracción mecánica, el IBI y las tasas de basuras y vados se amplían, cada uno de ellos, durante tres meses respecto al plazo inicial.
Se posibilita el cobro fraccionado de padrones entre los meses de septiembre, octubre y noviembre para aquellas personas físicas o jurídicas que voluntariamente lo soliciten.

2.- Se amplía la duración del abono sobre uso las instalaciones municipales, así como de las matrículas sobre los diferentes servicios municipales suspendidos, por el mismo periodo de tiempo que dure el periodo obligatorio de confinamiento o suspensión/cese de la actividad.

3.- Ampliación del presupuesto de la partida para la convocatoria de ayudas de urgente necesidad del Ayuntamiento de Burgos en 2020. Ante el agravamiento de aquellas personas que ya venían demandando este tipo de ayudas por su extrema situación de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social, se establece esta ampliación de crédito:

Dotación:+ 600.000 € (total de la partida: 1.200.000 €)

4.- Convocatoria extraordinaria de ayudas complementarias a las establecidas por el Gobierno de España de ayudas de emergencia para subvencionar el pago del alquiler para familias y personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis del COVID-19.

Ante el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España que establece la concesión de microcréditos a través del ICO a interés cero y con un plazo de amortización a varios años para el pago del alquiler, el Ayuntamiento establecerá una línea de ayudas complementarias para abonar el pago de alquileres en aquellos casos de necesidad que no tengan cobertura para la concesión de dichos microcréditos o requieran de un complemento mayor con el objetivo de hacer frente al pago de su alquiler.

Dotación: 400.000 €

5.- Convocatoria extraordinaria de una línea de ayudas para la compra de material escolar, ropa y alimentos de primera necesidad para personas y familias que estén e una situación de vulnerabilidad afectadas por un ERTE, como consecuencia de la crisis del COVID-19. Los criterios para la concesión de estas ayudas establecerán parámetros distintos a los establecidos a las ayudas de urgente necesidad para dar cobertura a perfiles vulnerables derivados de esta crisis, del mismo modo que se han establecido para la convocatoria de ayudas de emergencia para subvencionar el pago del alquiler para familias y personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis del COVID-19.

La cuantía por persona afectada será de 100 € en rentas individuales que no superen dos veces el IPREM. Esta ayuda será compatible con otras en la unidad familiar si hubiera más de una persona afectada por un ERTE. Se establece un límite de ayuda por unidad familiar de 537,84 € (IPREM). Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo, en 0,15 veces el IMPREM en caso de unidad familiar monoparental, en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar, en caso de que alguno de sus miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 %, será de 4 veces el IPREM, y de ser igual o superior al 65%, será de 5 veces el IPREM.

Dotación: 500.000 €

C) OTRAS MEDIDAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1.- Agilizar y reactivar la contratación pública, en este periodo, si es posible, y una vez se reactiven los plazos y la gestión administrativa, a fin de poder adjudicar el mayor número de contratos de bienes y servicios que precise, contribuyendo a que continúe la actividad empresarial y de contratación de personal.

2,.- Mantener las obras previstas para de rehabilitación y remodelación de las calles de los polígonos industriales de Burgos Este y Villalonquéjar.

3.- Contrataciones temporales directas por el Ayuntamiento de Burgos en 2020 para trabajadores/as en situación de desempleo.

Dotación: + 500.000 €

4.- Línea de ayuda complementaria a la contratación indefinida por parte de las empresas a trabajadores que estén en situación de desempleo.

Dotación: 250.000 €

5.- El Ayuntamiento establecerá un régimen excepcional de servicios durante los meses estivales que permita agilizar tramitación de licencias a particulares y de los contratos públicos de obra, con el objetivo de agilizar la reactivación económica especialmente del sector de la construcción.

Se constituirá un Observatorio de Seguimiento sobre la incidencia de estas medidas durante los próximos meses, presidida por el alcalde de la ciudad, un representante de de cada uno de los grupos municipales y de cada una de las entidades empresariales de la ciudad, así como de los sindicatos mayoritarios. Las funciones de este Observatorio de seguimiento deben ser las siguientes: analizar en tiempo real cuáles son las carencias y tratar de proponer medidas que traten de paliar esas carencias. Analizar también si hay algún ámbito que se pueda perfeccionar o que sea susceptible de cambiarse o mejorarse. El observatorio se reuniría de forma ordinaria una vez al mes y de forma extraordinaria cuando fuese necesario a petición del alcalde o de la mitad más uno de sus integrantes.

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